Prórroga de los ERTEs y del Plan MECUIDA hasta el 30 de septiembre de 2021
La prolongación de los ERTEs ya es una realidad y así ha quedado reflejado mediante la publicación en el BOE del Real Decreto Ley 11/2021 del día 27 de mayo, fijándose una extensión de los expedientes temporales por fuerza mayor para determinados sectores económicos, y las dos figuras de ERTE de impedimento y limitación de actividad.
Este quinto acuerdo supone la prórroga hasta el 30 de septiembre de 2021 de todos los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) relacionados con la Covid 19, así como la prórroga de todas aquellas medidas de flexibilidad y extraordinarias previstas desde el inicio de la crisis sanitaria, en el Real Decreto 2/2021 y Real decreto 30/2020.
Destacamos los siguientes puntos de este nuevo Real Decreto:
- Prórroga la vigencia del Plan MECUIDA hasta el 30 de septiembre de 2021.
- Se amplía la duración de las prestaciones y subsidios. Se mantiene la prohibición expresa de realizar horas extraordinarias por parte de aquellas personas trabajadoras que presten servicio en una empresa en ERTE.
- Se mantienen las dos excepciones, respecto al consumo de periodos que se generen y que dan derecho a percibir las prestaciones por desempleo en los ERTEs, de tal forma que se consumirá el periodo generado por el trabajador/a a partir del 1 de octubre de 2020, salvo dos excepciones:
- Que las nuevas prestaciones por desempleo se inicien a partir del 1 de octubre de 2026, en cuyo caso el paro no se tendrá por consumido.
- Que antes del 1 de enero de 2022 se produzca:
- La finalización de un contrato de duración determinada.
- Un despido, individual o colectivo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Un despido por cualquier causa declarado improcedente.
- Cambio en el modelo de fijos discontinuos para favorecer la estabilidad laboral y al sector del turismo: la empresa tendrá que hacer el llamamiento a la persona trabajadora para o bien incorporarlo a la empresa o bien incorporarlo al ERTE.
- Se mantiene la prohibición para las empresas de concertar nuevas contrataciones, siempre y cuando existan trabajadores en ERTE que cuenten con la capacitación para el desempeño de esas tareas.
La Confederación Sindical Independiente Fetico valora positivamente esta medida, puesto que las personas trabajadoras son las principales afectadas en el contexto de la pandemia. Todas las medidas que protejan el trabajo y las condiciones laborales de las mismas, deben considerarse a día de hoy una prioridad.
Si quieres conocer con mayor detalle el contenido del Real Decreto Ley 11/2021 pincha aquí.