Acuerdo en el despido colectivo de los trabajadores/as del Hipermercado Eroski de Cartagena
El día 24 de abril, la Dirección de Eroski y Fetico alcanzaron un acuerdo sobre las materias fundamentales del expediente de la extinción de contrato de los trabajadores/as del hipermercado de Eroski en Cartagena (Murcia).
Las bases del citado acuerdo son:
1) Recolocaciones: se ofrecerá un puesto de trabajo alternativo a todos y cada uno de los trabajadores/as del hipermercado. Se han remitido por correo electrónico un listado con un total de 244 vacantes estructurales en empresas del Grupo Eroski, no solo en el negocio de Hipermercados, con el detalle de la ubicación, puesto, jornada y salario bruto anual. Dentro de los puestos de trabajo, algunos lo son en condición de socio de la cooperativa por la naturaleza y origen de la empresa de destino. Se mantendría la antigüedad actual y es posible incrementar la jornada actual si el puesto de destino así lo permite.
2) Ayudas y compensaciones económicas a la movilidad geográfica: los trabajadores/as que decidan adherirse a cualquier de estas vacantes ofrecidas, percibirán una compensación económica, tal y como se expone a continuación:
- Compensación de todos los gastos justificados de mudanza en los que pueda incurrir el trabajador y su familia.
- Disfrute de un permiso retribuido (incluyendo el establecido por Convenio Colectivo) de 10 días ininterrumpidos para efectuar las gestiones de traslado, búsqueda de vivienda, escolarización de hijos, etc. que pudiera precisar el trabajador.
- Asunción por parte de la empresa y sin cargo al trabajador de un alojamiento adecuado a sus circunstancias familiares durante un máximo de tres meses inmediatamente consecutivos a la incorporación al nuevo puesto de trabajo.
- Colaboración desde la empresa en la búsqueda de vivienda y escolarización de los hijos a cargo.
3) Empresa de recolocación externa: enlazada con la anteriormente descrita necesidad de facilitar la empleabilidad, la empresa ofrecerá de manera gratuita los servicios de un programa de recolocación externa por un periodo de 6 meses o hasta que consigan un nuevo, mediante una empresa autorizada a tal fin Este servicio será completamente gratuito y voluntario para el trabajador pese a que no existe obligación legal de hacerlo (art. 9 del RD.1483/2012).
El objetivo, es tratar de facilitar a los trabajadores que pierden su empleo, recursos que les ayuden a reincorporarse cuanto antes al mercado de trabajo. El objetivo es obtener ayuda profesional en las siguientes materias:
- Intermediación: Captación mediante actividad de prospección de ofertas de trabajo y puesta en contacto de los candidatos con las empresas oferentes.
- Orientación profesional: Identificación del perfil profesional de cada trabajador para orientarle con éxito en la búsqueda de empleo.
- Formación profesional: Capacitación para el desempeño de actividades laborales en empresas de contratación.
La empresa escogida para este menester es “Key Executive” (MOA BPI Group), Empresa de Recolocación Autorizada número 1000000015 por el Ministerio de Trabajo.
4) Indemnización superior a la legalmente prevista en el ET: los trabajadores que vean extinguidos sus contratos y no opten por las recolocaciones ofrecidas, percibirán una indemnización por extinción de este en cuantía equivalente a 30 días de salario por año de servicio, con un máximo de 18 mensualidades, calculada en atención al salario y antigüedad del trabajador en el momento de producirse la comunicación de extinción de su contrato. En la fecha de efectos de la extinción contractual se abonará la liquidación de haberes calculada hasta la fecha efectiva de la extinción, aplicándose las retenciones y deducciones que legalmente correspondan.
Asimismo, también se mantendrá el ofrecimiento de cartas de recomendación a los trabajadores que lo soliciten. Y Fetico recordó a la empresa la obligación legal de suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para mayores de 55 años.
Fetico, sindicato independiente mayoritario y multisectorial, valora el acuerdo de forma positiva. De las misma forma que estará vigilante del cumplimiento del acuerdo y pondrá todos los medios disponibles a su alcance para que, en la medida de lo posible, se pueda reubicar al colectivo de trabajadores afectados por este expediente.
Compañeros y compañeras de Fetico en la negociación