Resumen del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
Se ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el "Bono Alquiler Joven" y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 por parte del Consejo de Ministros en esta semana.
El Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 está dotado con 345 millones de euros en los Presupuestos Generales para 2022, y se prevé que hasta 2025 sume un total de 1.717 millones de euros.
A continuación, se exponen las principales novedades que recoge dicho Real Decreto:
Una de las medidas previstas es la subvención de la suscripción de seguros por impago del alquiler, con un límite del 5% de la cuota de la renta anual, para que el propietario tenga la garantía del cobro de la renta correspondiente y los inquilinos puedan ver aliviada temporalmente cualquier situación de dificultad económica.
En relación al acceso a viviendas de los jóvenes, podrán recibir ayudas al alquiler e incluso para la adquisición de vivienda habitual y permanente en municipios de menos de 10.000 habitantes. Además, un 30% de las 100.000 viviendas con las que se pretende incrementar el parque público de vivienda estarán reservadas para ellos.
En cuanto al conocido como Bono Alquiler Joven, el Gobierno ha regulado los requisitos para que los jóvenes de hasta 35 años puedan optar al bono de alquiler, que incluye también el de habitaciones, así como los requisitos para poder optar a esta ayuda. La ayuda que percibirán las personas destinatarias de este plan será de 250 euros al mes durante dos años, cantidad que podrá ser complementada por otras ayudas reguladas en el Plan Estatal de Vivienda o que establezcan adicionalmente las comunidades autónomas.
Los beneficiarios deberán tener ingresos no superiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y la vivienda arrendada deberá tener la consideración de habitual y permanente y una renta máxima de 600 euros/mes, sin perjuicio de que pueda ascender a los 900 euros/mes en algunos supuestos acordados en la Comisión de seguimiento formada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la comunidad autónoma correspondiente.
Peor no solo de viviendas se hace referencia en el real decreto sino también a los alquileres de habitación, estos límites de precio serán de hasta 300 euros por habitación, un tope que podrá elevarse hasta los 450 euros si así lo establece la Comisión de seguimiento.
Esta ayuda también será compatible con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital.