Nuevas acciones frente al COVID-19 en Madrid capital y municipios afectados
En base al Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, la Comunidad de Madrid ha publicado hoy la Orden por la que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la Comunidad de Madrid
Estas son las principales medidas que afectarán, a partir de las 22:00 horas de hoy, a Madrid capital y a nueve municipios de la Comunidad de Madrid: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.
- Se restringirá la entrada y salida de los municipios afectados, salvo que los desplazamientos sean justificados: asistencia a centros sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, asistencia a centros de estudio, retorno a la residencia habitual, desplazamiento a entidades financieras, cumplimiento de trámites ante órganos públicos u otras causas de fuerza mayor.
- Se permite la circulación de personas residentes dentro de los municipios afectados, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
- Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas.
Esta limitación horaria no será de aplicación a los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales, entendiéndose como tales aquellos que prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables.
- Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra.
La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas no pudiendo admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
- Las academias, autoescuelas y centros de enseñanzas no regladas también tendrán que reducir su aforo al 50%.
- En las instalaciones deportivas, tanto al aire como interior, el aforo será del 50% si es un espacio cerrado y del 65% si es un espacio abierto
Para más información consulta los dos boletines oficiales de la Comunidad de Madrid aquí y aquí.
La Confederación Sindical Independiente Fetico seguirá informando sobre todas aquellas medidas que se tomen y afecten a las personas trabajadoras de cualquier sector y de cualquier Comunidad Autónoma.