Nuevas medidas en la Comunidad de Madrid
Hoy se han publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid dos Órdenes por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
Con carácter general para toda la Comunidad de Madrid, se reducen a un máximo de 6 personas las reuniones sociales, tanto en espacios públicos como privados.
Se establecen medidas de restricción de la movilidad y de actividad que afectan a 37 zonas básicas de salud: 26 zonas de los distritos de Carabanchel, Usera, Villaverde, Villa de Vallecas, Puente de Vallecas y Ciudad Lineal, en la capital; 11 zonas de los municipios de Fuenlabrada, Humanes, Moraleja de Enmedio, Parla, Getafe, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas.
- Se restringe la entrada y salida de personas en estas zonas salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
- Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.
- Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22.00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
- Para los centros de enseñanza no reglados, como academias o autoescuelas, el aforo también se reduce al 50% y la actividad presencial se limita a grupos de 6 personas máximo y con las oportunas medidas de distancia de seguridad.
- Podrán utilizarse las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como en interior, siempre que no se supere el 50% del aforo y en grupos de máximo 6 personas.
- El aforo en los lugares de culto se reduce a un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.
- Se suspende temporalmente la actividad en parques y jardines públicos y parques infantiles de uso público.
- Estas medidas serán de aplicación desde las 00:00 horas del día 21 de septiembre de 2020.
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La Confederación Sindical Independiente Fetico, estará pendiente de las novedades y os seguiremos informando sobre las medidas adoptadas por las autoridades competentes.