Hoy, 22 de mayo, se ha celebrado la tercera reunión de la Mesa Negociadora del ERTE, en la que se ha llegado a un acuerdo sobre las condiciones en las que se aplica.
- Complementar el 85% del salario neto desde el primer día del ERTE.
- No se ven afectadas ni las vacaciones ni los días de exceso.
- Se establece como periodo de ERTE desde el 25 de mayo hasta el 31 de octubre.
- La medida afecta a la totalidad de la plantilla.
- Se establecen como máximo 40 días por trabajador.
- No se podrá estar en ERTE más de 5 días laborables de manera continuada, siempre y cuando sea posible la rotación con otro trabajador.
- Tanto la aplicación del ERTE como la reincorporación al trabajo se podrá comunicar con un plazo de 48 h.
- Los trabajadores/as afectados por el ERTE podrán solicitar un anticipo equivalente al 50% de la paga extraordinaria. Este importe será descontado en la paga extra más próxima de pago.
- Compromiso por parte de la empresa de agotar los días de exceso antes de proceder a aplicar el ERTE.
- Se constituye una comisión de seguimiento compuesta por tres miembros de la empresa y tres del Comité.
Después de una dura negociación se ha conseguido con la firma de este acuerdo la mayoría de los objetivos fijados al inicio de la negociación que eran minimizar el impacto de esta medida en los trabajadores y conseguir el mantenimiento de los puestos de trabajo.
Una vez firmado este acuerdo debe de pasar el tramite legal de la presentación ante la Autoridad Laboral competente.