La verdad sobre las Licencias Retribuidas
Debido a la dimensión que ha adquirido la extensión del COVID-19 y las medidas adoptadas por algunas Comunidades Autónomas, como ha sido el cierre temporal de centros de estudio (guarderías, colegios, universidades,…) se han difundido una serie de rumores, respecto a los derechos que asisten a los trabajadores/as de cara a poder ausentarse de sus puestos de trabajo con el fin de poder atender los cuidados de los menores.
Uno de ellos es el relativo a la interpretación que se ha dado del artículo 37.3,d) del Estatuto de los Trabajadores: “El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal,…”
Hay que aclarar que la definición de este permiso es el de toda obligación que tiene un ciudadano y cuyo incumplimiento daría lugar a responsabilidades administrativas o penales para él. Por ejemplo, la pertenencia a un jurado.
Los Tribunales españoles han venido enumerando aquellos casos contemplados en este derecho pudiendo ser, a modo de ejemplo:
- El ejercicio del sufragio activo.
- La participación en una mesa electoral.
- Miembros de jurado.
- Comparecencia como testigo en juicio
- La asistencia a los actos de conciliación y juicio siendo parte demandante.
Actualmente, no se contempla la posibilidad de acogerse a esta licencia retribuida para atender el cuidado de nuestros hijos/as, pudiéndose dar la circunstancia que se proceda a sancionar a los trabajadores/as si este se ausenta sin previa autorización de la empresa.
Aún así, tendremos que estar pendientes de las ayudas que han anunciado las autoridades competentes, en especial para los padres que no puedan ir a trabajar porque necesitan cuidar de sus hijos.
Desde Fetico os seguiremos informando sobre las medidas adoptadas y las ayudas concedidas a las personas trabajadoras que se encuentren en dificultades por este motivo.