Novedades del uso obligatorio de mascarillas en espacios interiores
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Las mascarillas seguirán siendo obligatorias en el interior de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, en el transporte aéreo, por ferrocarril o autobús (en el acceso a las estaciones o en los andenes, la mascarilla no será obligatoria) y en los barcos cuando no se garantice la distancia de seguridad. También lo serán en los centros sociosanitarios y en las residencias de mayores para los empleados y los visitantes, pero no para los residentes. El Ejecutivo recomienda su uso responsable en la población vulnerable.
En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación.
Por ello, se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado. Asimismo, se recomienda el uso responsable de la mascarilla en los eventos multitudinarios. En el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas, se recomienda un uso responsable en función de la vulnerabilidad de los participantes.