Teletrabajo.¿Alternativa Razonable?
Una de las principales medidas preventivas frente al Covid 19, ha sido la realización del trabajo desde casa. Esta situación excepcional a la que nos hemos visto abocados de forma repentina como consecuencia del confinamiento, ha supuesto para un 34% de la población activa en España el mayor simulacro de teletrabajo realizado hasta ahora. En esta crisis sanitaria se ha utilizado el teletrabajo como una medida que ha permitido mantener la actividad de muchas empresas y evitar el cese o la reducción de la misma.
Por lo excepcional de situación y para poder facilitar su desarrollo de forma urgente, se han flexibilizado algunos de sus requisitos, como por ejemplo la evaluación de riesgos, permitiéndose que se realizase mediante una autoevaluación voluntaria por parte de las personas trabajadoras.
Ante la vuelta progresiva a la normalidad y el inicio de la actividad en gran parte de los sectores, son muchas las empresas y entidades que se están planteando mantener el teletrabajo al comprobar las ventajas que les aporta. Sin embargo, no hay que olvidar que esta forma de organización del trabajo, debe cumplir una serie de requisitos y garantizar derechos para los trabajadores y trabajadoras.
La implantación del teletrabajo abre una serie de cuestiones importantes como pueden ser la repercusión de los costes a la hora de desarrollar el trabajo en casa, unido a qué pasa con los complementos salariales y otros beneficios vinculados a la presencialidad de la actividad, la protección de la intimidad frente a cuestiones como la evaluación de riesgos del lugar de trabajo, la consideración de qué es accidente laboral o no cuando se realiza la actividad en nuestro propio domicilio en el que existen distintos factores de riesgo, las dificultades para poder disponer de un lugar de trabajo en el que se den las condiciones para desarrollar el teletrabajo, el control de la actividad y del rendimiento, etc.
Hay que analizar el actual marco normativo del teletrabajo y adaptarlo a la nueva realidad a la que nos enfrentamos, asegurando cuestiones tan importantes como la conciliación de la vida familiar y laboral, el mantenimiento de las condiciones de seguridad y salud, voluntariedad, retribución, jornada, descansos, derecho a la intimidad y vida privada, desconexión digital, derecho a la formación profesional, garantías sindicales, etc.
En materia de seguridad y salud, el teletrabajo plantea una serie de cuestiones importantes que habría que regular, tales como la forma de realizar la evaluación de riesgos en el ámbito del domicilio personal, actuación sobre los riesgos psicosociales (aislamiento social, carga de trabajo, estrés) y ergonómicos, control de jornadas de trabajo excesivas y la incidencia de la implantación de nuevas tecnologías.
Es necesario establecer un marco normativo actualizado a las nuevas necesidades que se plantean y abrir procesos de negociación colectiva para adaptar a las necesidades específicas de los sectores y las empresas la regulación de esta forma de organización del trabajo.
Conoce el marco normativo actual del Teletrabajo, pinchando en la imagen .